Estacionamientos de Visita

Estacionamientos de Visita

noticia_23187

Se les recuerda a todos los residentes, que tal como se indica en el reglamento interno vigente, el uso de estacionamientos de visita es exclusivo para VISITAS, por lo tanto se encuentra PROHIBIDO el uso de los mismos por parte de los residentes.

La conserjería cuenta con una vitácora de rondas, donde se deja constancia de los períodos y matrículas (patentes) de cada auto estacionado, por lo tanto para evitar multas es fundamental que quienes visiten el edificio se registren al ingresar y notifiquen su salida.

Si una visita permanece 4 horas y 5 minutos, evidentemente existe la posibilidad de que sea registrado en dos rondas, pero si la visita no notifica su salida, en los análisis posteriores no se podrá determinar si estuvo 4 horas y 5 minutos o 7 horas horas.

Además, se les recuerda que según el artículo Nº 159 de la Ley 18290, está prohibido estacionar en:

  • En cualquier lugar en que las señales oficiales lo prohiban;
  • En aceras (Veredas) , pasos de peatones o lugares destinados exclusivamente al tránsito de los mismos
  • Por lo anterior, se asume que cada conductor que posee licencia, debe conocer estas restricciones y, aunque un Conserje le sugiera estacionar sobre la acera (vereda) de Santa Isabel o en otros lugares donde expresamente está prohibido hacerlo, cada conductor asumirá la responsabilidad de Multas Municipales o de Carabineros.

    Tanto Carabineros de Chile como los inspectores Municipales, tienen atribución para multar a todos los automóviles que se estacionen en los lugares previamente mencionados, asi se ha hecho en varias ocasiones y es por esta razón que el Comité está impulsando una iniciativa que busca regular de mejor manera el uso de estacionamientos de Visita.

    2897 Total de Lecturas 2 Leido Hoy